viernes, 18 de febrero de 2011

IFLA: Lineamientos para los Servicios Bibliotecarios para personas sordas

Debido a un cierto número de razones, la mayoría de las bibliotecas no han considerado el prestar particular atención al ofrecimiento  de servicios para personas que son sordas. La sordera ha sido llamada, en parte con razón, la "discapacidad invisible" porque las personas  sordas no son identificables como sordas por mera observación y ellas tienden a mezclarse en la comunidad mayoritaria. Además, las personas que son sordas de nacimiento o desde una temprana edad tienen, frecuentemente, dificultades para leer y tienen la tendencia a no usar las bibliotecas. A consecuencia de esto, las bibliotecas y las personas sordas, prácticamente, se han ignorado mutuamente; sin embargo, una parte importante de la población es sorda y las bibliotecas tienen la responsabilidad de asegurar que sus colecciones y servicios sean accesibles a las personas sordas, y que las personas sordas tengan conocimiento de los servicios que las bibliotecas les pueden brindar.

Los lineamientos que aparecen a continuación tienen el objetivo de informar a los  bibliotecarios acerca de las necesidades de las personas sordas en las bibliotecas y son de la  incumbencia de todas las bibliotecas que cuenten con personas sordas, en cualquier proporción, dentro de su clientela; se aplican a todo tipo de bibliotecas.

Lineamientos:

Personal:
1- La responsabilidad de desarrollar, implementar y operar los servicios bibliotecarios
para la clientela sorda debería ser asignada a un/a bibliotecario/a profesional que posea los 
títulos, las credenciales, y/o el entrenamiento correspondientes a tal estatus profesional. 

2- 
El personal de la biblioteca debería  recibir entrenamiento enfocando los asuntos involucrados en el ofrecimiento de servicios a la comunidad sorda. 
3- Cuando se seleccione el personal a estar involucrado con el ofrecimiento de servicios para personas sordas, las bibliotecas deberían intentar contratar personas que tengan, o que sea probable que obtengan, credibilidad dentro de la comunidad sorda. 
4- Las escuelas de bibliotecología deberían brindar entrenamiento en el ofrecimiento de servicios a la comunidad sorda como una parte regular de su programa básico de estudios para preparar a los bibliotecarios para obtener sus calificaciones profesionales y como una parte de sus programas de educación permanente para todos los niveles del personal de la biblioteca. 
5- Las bibliotecas que tienen responsabilidades a nivel nacional, o donde sea aplicable a un nivel regional apropiado, deberían establecer una oficina o un departamento responsable por el ofrecimiento de servicios de asesoría y consulta para todas las bibliotecas dentro de  sus límites geográficos con el fin de ayudarlas en el ofrecimiento de los servicios a la comunidad sorda.
6- Cada asociación de bibliotecas nacionales  debería establecer un grupo dentro de su estructura que funcione como la porción de su membrecía que se concentra en el  ofrecimiento de servicios bibliotecarios a la comunidad sorda.

Comunicación:
1- Todo el personal de la biblioteca debería recibir entrenamiento en cómo comunicarse eficazmente con las personas sordas.
2- Un teléfono con texto visual (TTY) debería estar disponible en cada punto principal de atención, por ejemplo, el mostrador de referencias, en cada biblioteca. Además, por lo menos un TTY debería estar disponible para el uso de la clientela de la biblioteca para que pueda hacer llamadas telefónicas desde la biblioteca si es que el hacer llamadas como tales está a disposición de la clientela oyente.

3- Los teléfonos para el uso de la clientela o el personal de la biblioteca deberían estar equipados con amplificación en el tubo.
4- Las bibliotecas deberían asegurar que su  presencia en el Internet esté totalmente accesible.
5- Usar los últimos avances de la tecnología para comunicación con las personas sordas dondequiera que tal  tecnología se haya comprobado beneficiosa  dentro de la comunidad sorda. 
6- Tener auxilios de comunicación tales como sistemas y equipo de asistencia auditiva que se  pueden usar para apoyar el subtitulado asistido en tiempo real por la computadora (“computer-assisted real time captioning”) o la toma de apuntes asistida por la computadora (“computer-assisted note taking”). Estos servicios deberían estar disponibles para asambleas, conferencias y programas cuando estén solicitados. 
7- Las bibliotecas con instalaciones de televisores deberían ofrecer decodificadores para  programas con subtitulado cerrado para ser usados por su clientela.
8- Proporcionar intérpretes de lenguaje de señas tanto como interpretación oral, el subtitulado abierto en tiempo real con apoyo por computadora o servicios de apoyo por computadora para tomar apuntes para todos los programas patrocinados por la biblioteca. 

Colecciones:
1- Las bibliotecas deberían coleccionar materiales relacionados a la sordera y a la cultura sorda los cuales serán de interés tanto para la clientela sorda como para la oyente. 
2- Conseguir, mantener y ofrecer información acerca de las opciones educacionales, agencias de consulta, y programas para personas sordas de una  manera global e imparcial.
3- Agrupar y proporcionar acceso a una colección de materiales de alto interés / bajo nivel de lectura, que fueran de interés para las personas sordas.
4- Los materiales visuales no-impresos deberían ser una parte esencial de todas las  colecciones de las bibliotecas  adquiridas en apoyo de los servicios para la clientela sorda.  Los programas de vídeo de televisión y otros medios similares con porciones de audio deberían ser subtitulados o pasados a señas para que las personas que no pueden oír  puedan entenderlos.
5- Las bibliotecas deberían reunir y mantener una colección de cintas de vídeo y/o películas en lenguaje de señas, y ofrecer el equipamiento necesario y suficiente para verlos. 

Servicios:
1- Todas las colecciones, los  servicios y los programas de la biblioteca deberían ser  accesibles a su clientela sorda. 
2- Los miembros de la clientela de la biblioteca que son sordos, según las definiciones  encontradas en estos lineamientos, deberían involucrarse en el diseño y el desarrollo de los  servicios bibliotecarios para las personas sordas, lo que incluye el  desarrollo de servicios y colecciones, y en el estable- cimiento de  comités asesores, organizaciones de servicio, y  redes.
3- Ofrecer programas llevados a cabo en lenguaje de señas.
4- Ofrecer  información sobre  programas  locales  de alfabetización que son accesibles a la clientela sorda que no lee. Las bibliotecas deberían asegurar que los programas de alfabetización patrocinados por las bibliotecas se conformen con  las necesidades de los individuos sordos. 
5- Deberían incluir información local tocante a la sordera en su comunidad electrónica de información y base de datos de referencias.
6- Incluir una variedad imparcial de vínculos electrónicos relacionados a la sordera en sus bases de datos electrónicas (“on line”). 

Mercadeo del Programa:
1- Las bibliotecas deberían promocionar, en forma contundente y llamativa, sus programas y servicios a su comunidad sorda. 
2- Toda la publicidad de la biblioteca debería ser accesible a la comunidad sorda de la biblioteca.


IFLA. Lineamientos para los Servicios Bibliotecarios para Personas Sordas. Segunda edición Editado por John Michael DaySede Central. [en línea]. La Haya. 2000. [Consultado 30 de Enero de 2011]. Disponible en < http://www.ifla.org/VII/s9/nd1/iflapr-64s.pdf>  


1 comentario:

  1. Hola. Muchas FELICITACIONES POR SU BLOG. Me gustaria si me lo permitieran colaborar con su blog; soy pasante de Biblioteconomía de la Escuela Nacional de Biblioteconomía y Archivonomía, en México.Realizo tesína sobre servicios bibliotecarios para personas sordas y soy voluntaria en una fundación llamada Fundación Nacional para Personas Sordas "María Sosa". ISABEL

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